Preguntas frecuentes: sus preguntas respondidas

Preguntas frecuentes: sus preguntas respondidas

Nos damos cuenta de que no podemos responder todas las preguntas en nuestro sitio web. Así que no dude en llamarnos al 407.585.VOTE (8683) o enviarnos cualquier pregunta específica por correo electrónico a [email protected].

Requisitos para el registro de votantes ¿Cómo me registro para votar? Puede solicitar que le enviemos una solicitud de registro llamándonos al 407-585-VOTE o puede registrarse en línea AQUÍ. También se puede obtener un formulario de Solicitud de registro de votante de Florida en cualquiera de los sitios obligatorios de Florida, incluidas las bibliotecas públicas, las oficinas de licencias de conducir de DHSMV, los centros de vida independiente, las oficinas que brindan asistencia pública o atienden a personas con discapacidades, las oficinas de reclutamiento de las fuerzas armadas y el supervisor de elecciones. oficinas. ¿Tengo que ser ciudadano de los Estados Unidos? Sí. Debe ser ciudadano de los Estados Unidos para ser un votante registrado. Si tiene una Tarjeta Verde, eso indica que no es ciudadano de los Estados Unidos. ¿Qué identificación necesito para registrarme para votar? No necesita mostrar ninguna identificación para registrarse para votar. Usted firma un juramento que certifica la exactitud de toda la información dada. ¿Puedo usar un apodo cuando me registro para votar? No. Debe usar su nombre legal tal como lo haría para cualquier documento legal. ¿Puedo registrarme aquí si vivo aquí parte del año y en otro estado parte del año? Sí. Sin embargo, debe determinar en qué lugar desea ser su residencia legal. No puede registrarse y votar en dos lugares a la vez. Si tengo ciudadanía en los EE. UU. Y en otro país, ¿puedo registrarme para votar? Sí, siempre que sea ciudadano de EE. UU. Y cumpla con los demás requisitos para el registro. ¿Cambio mi registro de votante? Puede cambiar su dirección llamando al 407.585.VOTE, o presentando una solicitud de registro de votante completada, o por escrito enviando una solicitud por escrito firmada que indique su fecha de nacimiento o su número de registro de votante a apartado postal 1479, Sanford, FL 32772. Los cambios en su nombre o afiliación a un partido deben hacerse por escrito, preferiblemente utilizando la solicitud de registro de votante. Si ya es un votante registrado en Florida, no hay fecha límite para cambiar su nombre o dirección. Incluso puede hacerlo en las urnas durante la votación anticipada o el día de las elecciones. Los cambios de afiliación de partido para una Elección Primaria deben hacerse 29 días antes del Día de la Elección. ¿Puedo elegir qué dirección usar para registrarme? Debido a que sus representantes elegidos están determinados por su dirección de residencia, debe usar la dirección donde vive. No está permitido registrarse utilizando una dirección comercial, una dirección anterior o una propiedad que simplemente posee. Debe registrarse donde vive. ¿Tengo que registrarme antes de cada elección? No. Una vez que se convierta en un votante registrado en el Condado de Seminole, su nombre permanecerá en nuestros registros hasta el momento en que recibamos una notificación de que se mudó de este condado o que perdió sus derechos civiles. ¿Mi información se convertirá en un registro público? Sí. Toda la información en su formulario de solicitud de registro (que no sea su número de licencia de conducir, número de seguro social y firma) se convierte en registro público. Los votantes en ciertas ocupaciones pueden solicitar que sus datos estén exentos del registro público. Pueden hacer la solicitud utilizando este formulario. Tarjetas de información para votantes Según la ley de Florida, las Tarjetas de información para votantes se envían a todos los votantes al validar su solicitud de registro de votante inicial, o a los votantes actualmente registrados al hacer un cambio de nombre, dirección o afiliación de partido. Se enviarán nuevas tarjetas de información a todos los votantes que se encuentren en un recinto donde haya habido un cambio en su lugar de votación. Las tarjetas de información del votante no son necesarias para votar. Sirven como confirmación de su registro de votante y proporcionan información sobre su precinto y lugar de votación. Si ha perdido su tarjeta de información y desea una nueva, debe solicitarla por escrito o completar una solicitud de registro de votante. Votación ¿Cómo sé dónde voto? Esa información se le proporciona en su tarjeta de información de votante. Puede usar la función Buscar mi registro en nuestro sitio web o llamar a nuestra línea directa para votantes al 407.585. VOTAR (8683). ¿A qué hora abren las urnas en el condado de Seminole? 7: 00 am a 7:00 pm el día de las elecciones. También tenemos votación anticipada para todas las elecciones en todo el condado. Para obtener información sobre qué ubicaciones estarán disponibles y las fechas / horas abiertas para la próxima elección, visite la página Elecciones de nuestro sitio. ¿Cuáles son los requisitos de identificación para votar? La ley de Florida requiere dos formas de identificación en las urnas. Para votar debe presentar tanto la firma como la identificación con foto. Puede ser una forma de identificación, como una licencia de conducir de Florida, o dos formas de identificación separadas. Por ejemplo, puede tener una identificación de VA con su fotografía pero no su firma. A continuación, deberá presentar una segunda forma de identificación con su firma. Ejemplos de identificación con foto: licencia de conducir de Florida Tarjeta de identificación de Florida Pasaporte de EE. UU. Identificación militar Tarjeta de débito o crédito Identificación del centro de jubilación Identificación del estudiante Identificación de la asociación de vecindad Identificación de la asistencia pública Arma oculta de Florida o Tarjeta de identificación de salud de veterano de licencia de arma de fuego Tarjeta de identificación de empleado gubernamental Si no tiene una identificación adecuada, debe votar una boleta provisional, que es una boleta de papel emitida en el lugar de votación o en el lugar de votación anticipada a un votante que no proporciona foto y identificación de firma o cuya elegibilidad para votar no se puede determinar. Además, le llevará más tiempo ser procesado para votar. Una persona que emite una boleta provisional tendrá derecho a presentar evidencia escrita que respalde su elegibilidad para votar al supervisor de elecciones a más tardar a las 5 pm del segundo día después de la elección. Voto por correo Puedo votar por correo antes del día de las elecciones ?Si. Puede comunicarse con nuestra oficina para saber cuándo y dónde puede votar antes o solicitar una boleta de votación por correo. Para aquellos que ya tienen una solicitud, las boletas se envían por correo aproximadamente un mes antes del Día de las Elecciones. ¿Dónde obtengo una boleta de votación por correo? Puede obtener una boleta de votación por correo llamando o escribiendo a la Oficina del Supervisor de Elecciones, o puede completar una solicitud en línea. El último día para solicitar que se envíe una boleta por correo a su dirección es a las 5 pm 6 días antes de una elección. Las boletas electorales deben ser recibidas antes de las 7 pm el día de las elecciones en la oficina del Supervisor de Elecciones. El Servicio Postal de los Estados Unidos no puede enviar las boletas postales a otras direcciones. ¿Puedo solicitar una boleta de votación por correo para otra persona? Sí . Puede solicitar que se envíe por correo una boleta de votación por correo a cualquier miembro de su familia inmediata o cualquier persona para la cual usted sea un tutor legal. Cualquier solicitud de un votante debe incluir el nombre del votante, la fecha de nacimiento, la dirección y el lugar donde se enviará la boleta. Además, el solicitante debe proporcionar su nombre, dirección, número de licencia de conducir y la relación con el votante. Cinco días antes de la elección, puede llevar hasta dos boletas de la Oficina del Supervisor de Elecciones para cualquier persona, siempre que la información anterior se proporcione por escrito del votante y lo designe específicamente como la persona para llevar la boleta electoral y Usted proporciona una identificación con foto. No hay limitación en cuanto al número de traslados para la familia inmediata. ¿Mi voto seguirá contando si olvidé poner la funda de secreto en el sobre de la boleta de correo? La funda de secreto se incluye en el paquete como una opción para que la use. Si no lo incluye en el sobre de la boleta devuelta, su voto no se verá afectado. ¡Olvidé firmar mi sobre de la boleta por correo! ¿Puedo curar eso? Si devolvió su boleta por correo pero olvidó firmar el sobre, o si la firma ha sido marcada para revisión, su boleta puede no contar a menos que complete y devuelva la Declaración jurada de firma de boleta por correo a más tardar a las 5 p. M. día antes de las elecciones. Siga las instrucciones cuidadosamente, ya que si no sigue estas instrucciones, su boleta no contará. Una copia del formulario está AQUÍ. Partidos políticos ¿Por qué tengo que declarar un partido político? No es necesario que declare una preferencia de partido. En las elecciones partidistas de Florida, los miembros de cada partido político pueden presentar un candidato para las elecciones generales para representar a su partido. Para seleccionar al candidato de un partido político, los votantes deben haber sido miembros de ese partido político durante al menos 29 días antes de las elecciones primarias. En las elecciones generales, los votantes de cualquier afiliación política, incluidos los que no tienen partido, pueden votar por cualquier candidato en su boleta electoral, independientemente del partido del candidato ¿Cuándo y cómo cambio mi preferencia de partido? Una afiliación de partido puede cambiarse en cualquier momento. Sin embargo, cuando los libros de registro están cerrados para una elección (29 días antes de cada elección), el cambio de partido no tendrá lugar hasta después de la elección. Los cambios de partido pueden presentarse en una solicitud de registro de votante de Florida o mediante una solicitud escrita y firmada que incluya su fecha de nacimiento o su número de identificación de votante. Las solicitudes deben enviarse por correo a PO Box 1479, Sanford, FL 32772. Convicciones de felonía ¿Puedo registrarme para votar si he sido condenado por un delito grave? Sí ... si sus derechos civiles con respecto a la votación han sido restaurados. se han restablecido los derechos, comuníquese con: Office of Executive Clemency 4070 Esplanade Way, Tallahassee, FL 32399-2450 850.488.2952 u 800.435.8286 Sitio web ¿Tiene preguntas adicionales relacionadas con la Enmienda 4? Consulte nuestras Preguntas frecuentes sobre la enmienda 4. Trabajadores por trabajo ¿Qué es un trabajador electoral? Los trabajadores electorales son personas que trabajan en los lugares de votación el día de las elecciones. ¿Cómo puedo convertirme en trabajador electoral? Debe completar una solicitud ubicada en Pollworkers.org. Los solicitantes calificados se agregarán a nuestro archivo de trabajadores electorales y se les notificará por teléfono o correo electrónico si hay algún puesto disponible. Tabulación de boletas ¿Qué tipo de sistema de votación usa el condado de Seminole? El condado de Seminole usa una boleta de papel, donde los votos se emiten al completar los óvalos. Observadores de encuestas políticas ¿Qué es un observador de encuestas políticas? Un observador de encuestas políticas es una persona designada por un candidato, partido político o político. comité para vigilar y observar el desarrollo de las elecciones. Los observadores políticos no están asociados de ninguna manera con nuestra oficina. Obtenga más información sobre los observadores de encuestas políticas viendo este informe de noticias de WFTV. Candidatos Si está interesado en postularse para un cargo, haga clic AQUÍ. ¿Cuáles son los límites de solicitud en las urnas? Por FS 102.031 (4) (a) Ninguna persona, comité político, comité de existencia continua, u otro grupo u organización puede solicitar votantes dentro del lugar de votación o dentro de los 100 pies de la entrada a cualquier lugar de votación, o sala de votación donde el lugar de votación es también una sala de votación, o sitio de votación anticipada. Tendremos letreros en el lugar de votación que indican el límite. Si alguien viola el límite, informe a un trabajador electoral. ¿Qué es un candidato por escrito? Este es un candidato que calificó de una manera que no permite que su nombre aparezca en la boleta. Sin embargo, se proporciona un espacio para que el nombre del candidato se escriba en la boleta electoral de las elecciones generales. Una persona que califica como candidato por escrito no está obligada a pagar una tarifa de presentación, evaluación electoral o evaluación del partido. ¿Cómo se enumeran los candidatos en la boleta electoral? En una elección primaria, los candidatos se enumeran alfabéticamente (a excepción de los jueces de circuito que son determinado por sorteo realizado por el Director Estatal de la División de Elecciones). En una elección general, los nombres de los candidatos del partido que recibió el mayor número de votos para gobernador en la última elección se colocarán primero bajo el encabezado de cada cargo; luego, los nombres de los candidatos del partido que recibió el segundo voto más alto para gobernador serán los segundos. Los candidatos de partidos políticos menores y los candidatos sin afiliación partidaria deberán tener sus nombres en la boleta electoral de las elecciones generales, siguiendo los nombres de los partidos políticos reconocidos, en el mismo orden en que fueron certificados. ¿Cuánto dinero puedo donar a un candidato? Hasta $ 1,000 por elección. Esta cantidad incluye contribuciones en especie. ¿Cómo puedo obtener una pregunta sobre el estatuto del condado en la boleta electoral? A continuación se muestra el texto de la carta, que describe el proceso. Sección 4.2 Enmiendas a la Carta de la Regla Interior. Enmiendas propuestas por la petición. (1) Las enmiendas a la Carta de la Regla de Interior pueden proponerse mediante una petición firmada por un número de electores que residan en al menos tres quintos (3/5) de los distritos electorales de la Comisión del Condado y del Condado en general. igual al siete y medio por ciento (7.5%) de los electores calificados para votar en las últimas elecciones generales anteriores. Cada una de las enmiendas propuestas abarcará solo un tema y materia directamente relacionada con la misma. Cada enmienda de la Carta propuesta por petición se colocará en la boleta electoral por resolución de la Junta de Comisionados del Condado para la elección general que ocurra más de 90 días a partir de la certificación del Supervisor de Elecciones de que se ha verificado el número requerido de firmas. (2 ) El patrocinador de una enmienda a la petición deberá, antes de obtener cualquier firma, presentar el texto de la enmienda propuesta al Supervisor de Elecciones, con el formulario en el que se colocarán las firmas, y deberá obtener la aprobación del Supervisor de Elecciones de tal forma El estilo y los requisitos de dicha forma se especificarán por ordenanza. La fecha de inicio de cualquier unidad de petición comenzará a partir de la fecha de aprobación por parte del Supervisor de Elecciones del formulario en el que se colocarán las firmas, y dicha unidad finalizará seis (6) meses después de esa fecha. En el caso de que no se obtengan suficientes firmas durante ese período de seis (6) meses, la iniciativa de petición quedará anulada y ninguna de las firmas podrá transferirse a otra petición idéntica o similar. El patrocinador presentará formularios firmados y fechados al Supervisor de Elecciones y, una vez presentado, pagará todas las tarifas según lo exija la ley general. El Supervisor de Elecciones deberá verificar en el plazo de 60 días las firmas al respecto. (3) Si la mayoría de los electores votan sobre la enmienda en la elección general, la enmienda entrará en vigencia en la fecha especificada en la enmienda o, si no así especificado, el 1 de enero del año siguiente. FORMULARIOS (Ord. No. 90-6, § 1, 3-13-90) (a) El formulario de petición que se utilizará para las enmiendas propuestas a la Carta de Autonomía del Condado de Seminole por el proceso de iniciativa se adjunta al presente como Anexo " A ". (B) El formulario de petición que se utilizará para proponer, por iniciativa, que se promulgue una ordenanza se adjunta al presente como Anexo" B ". (C) Los formularios mencionados en esta Sección se incorporan aquí como partes operativas de y las disposiciones de esta Parte. EXPOSICIÓN "A" REGLA DEL HOGAR CARTA DE SEMINOLE CONDADO DEL CONDADO FORMA DE PETICIÓN Soy un votante registrado del Condado de Seminole y por la presente solicito al Supervisor de Elecciones que coloque sustancialmente el siguiente título y resumen de la boleta electoral en relación con el texto de la siguiente propuesta enmienda de la carta en la boleta electoral en la próxima elección disponible para tal propósito de conformidad con la Sección 4.2A [2] de la Carta de Autonomía del Condado de Seminole después de la verificación final del número total de firmas necesarias por parte del Supervisor de Elecciones. TÍTULO: (Inserte el TÍTULO de la Enmienda / título que no exceda las 15 palabras) B. RESUMEN: (Inserte el resumen de la medida que se votará. Dicho resumen no debe exceder las 75 palabras.) (EJEMPLO: ¿Deberá haber una enmienda a la Carta de Autonomía del Condado de Seminole de la siguiente manera: ...?) C. TEXTO: (El texto completo de la Enmienda debe insertarse aquí o adjuntarse a la petición.) Nombre del votante registrado en el Supervisor de residencia Elección Precinto de oficina Lugar de residencia Calle Ciudad, Código postal Número de precinto de votación Fecha de firma Nombre impreso Firma EXPOSICIÓN SEMINOLE CONDADO "B" SEMINOLE COUNTY ORDINANCE PETITION FORMI soy un votante registrado del Condado de Seminole y por la presente solicito, de conformidad con la Sección 2.2H [4] de la Carta del Estado Autónomo del Condado de Seminole, la Junta de Comisionados del Condado del Condado de Seminole para promulgar la ordenanza en el archivo del Supervisor de Elecciones para Seminole Condado o enmendar o derogar una ordenanza existente del Condado de Seminole como se detalla en una ordenanza propuesta en el archivo del Supervisor de Elecciones para el Condado de Seminole, dicha nueva ordenanza, enmendar o derogar relacionada con el siguiente tema y asunto: A. TÍTULO: (Insertar TÍTULO de la Ordenanza) B. TEXTO: (El texto completo de la Ordenanza debe insertarse aquí o adjuntarse a la petición.) Si la Junta de Comisionados del Condado no promulga la Ordenanza después de que un número suficiente de electores hayan firmado la petición, entonces solicito a la Junta de Comisionados del Condado para convocar una elección de referéndum sobre la Ordenanza de conformidad con la Sección 2.2H de la Carta de la Regla de Origen del Condado de Seminole. Nombre del votante registrado en el Supervisor de Residencia Electoral Precinto de la Oficina Lugar de Residencia Calle Ciudad, Código Postal Número de Precinto de Votación Fecha de Firma Nombre Impreso Firma Votantes Militares / Extranjeros Estoy en el militar. ¿Dónde está mi residencia de votación legal? Para fines de votación, su "residencia de votación legal" puede ser el estado o territorio donde residió por última vez antes de ingresar al servicio militar o el estado o territorio que desde entonces ha reclamado como su residencia legal. Para reclamar una nueva residencia legal, debe tener presencia física simultánea y la intención de regresar a ese lugar como su residencia principal. Los militares y los miembros de la familia pueden cambiar su residencia legal cada vez que cambian los lugares de destino permanentes o pueden retener su residencia legal sin cambio. Los miembros de la familia pueden tener una residencia de votación legal diferente a la del miembro. Se debe consultar a un funcionario legal antes de cambiar la residencia legal porque generalmente hay otros factores que se deben considerar además de votar. El personal militar puede solicitar el registro de votantes o solicitar boletas de votación por correo con una Solicitud de Tarjeta Federal (FPCA) que puede ser obtenido haciendo clic en el enlace de abajo. Solicitud de tarjeta postal federal Se puede obtener información adicional sobre elecciones militares en: Director de la Oficina del Programa Federal de Asistencia al Voto de la Secretaría de Defensa Servicios de la sede de Washington 1155 Pentágono de Defensa Washington, DC 20301-1155 FVAP Fax: 703-588-0108 Correo electrónico: [email protected]. gov Llamada gratuita: 800-438-8683 Estoy en el ejército. Sin embargo, los miembros de mi familia no están en el ejército; ¿También pueden votar por correo? La ley autoriza a los miembros elegibles de la familia del personal militar a votar por correo. Se considera que los miembros de la familia pertenecen a la misma categoría de votante de voto por correo que los miembros militares y, en general, deben seguir los mismos procedimientos. Los familiares del personal militar que reside en el extranjero, que son ciudadanos estadounidenses y que nunca han residido en los Estados Unidos, generalmente reclaman el estado legal de residencia de un padre ciudadano estadounidense como propio. Como civil extranjero o miembro de los Servicios Uniformados, si está estacionado fuera de los Estados Unidos o sus territorios, puede solicitar que le enviemos su boleta por correo, correo electrónico o fax. Solo los votantes militares o civiles en el extranjero pueden enviar una boleta por fax. Los votantes militares nacionales, independientemente de la forma en que se recibió la boleta (correo, correo electrónico o fax), deben devolver la boleta por correo o en persona. Soy ciudadano extranjero. Si no mantengo una residencia legal en los Estados Unidos, ¿cuál es mi estado legal de residencia? Su "estado legal de residencia" a efectos de votación es el estado o territorio donde residió por última vez inmediatamente antes de su salida de los Estados Unidos. Este derecho se extiende a los ciudadanos extranjeros aunque no tengan propiedades u otros vínculos en su último estado o territorio de residencia y su intención de regresar a ese estado o territorio puede ser incierta. Al completar la sección de Residencia de Votación de la FPCA, asegúrese de ingresar la dirección postal completa de su última residencia, incluyendo la calle o la ruta rural y el número. Declaración de Derechos del Votante Cada votante registrado en el Condado de Seminole tiene derecho a: Votar y votar. contado con precisión. Vote si él o ella está en línea en el cierre oficial de las urnas en ese condado. Solicite y reciba asistencia para votar. Reciba hasta dos papeletas de reemplazo si él o ella comete un error antes de que se vote Una explicación si su registro, o identidad, está en duda. Si su registro, o identidad, está en duda, emita una boleta provisional. Instrucciones escritas para usar al votar y, previa solicitud, instrucciones orales en votación de los funcionarios electorales. Voto libre de coerción o intimidación por parte de los funcionarios electorales o cualquier otra persona. Vota en un sistema de votación que esté en condiciones de funcionamiento y que permita emitir los votos con precisión. Responsabilidades del votante Cada registro El votante electo en este estado debe: Familiarizarse con los candidatos y los asuntos. Mantener con la oficina del supervisor de elecciones una dirección actual. Conocer la ubicación de su lugar de votación y sus horas de operación. mesa de votación. Familiarícese con el funcionamiento del equipo de votación en su distrito electoral. Trate a los trabajadores del recinto con cortesía. Respete la privacidad de otros votantes. Informe cualquier problema o violación de las leyes electorales al supervisor de elecciones. Haga preguntas, si es necesario. Asegúrese de que su boleta completa sea correcta antes de salir de la mesa electoral. NOTA PARA EL VOTANTE: El incumplimiento de cualquiera de estas responsabilidades no prohíbe que un votante vote. ¿Cómo estamos preparados para el próximo ciclo electoral? Hay muchas preguntas sobre la realización de elecciones en otros lugares, pero los votantes del Condado de Seminole han tenido elecciones supervisadas por el Equipo de Elecciones más Finas de Estados Unidos durante años. Para aquellos que se preguntan sobre cualquier interferencia externa, lea esta columna. Votación por correo: ¿Sabía que en el Condado de Seminole cualquier votante puede solicitar una boleta por correo gratuita y que las boletas por correo son las primeras que se cuentan en cada elección? Solicite su boleta por correo. Votación anticipada: ¿Sabía que durante años el condado de Seminole ha tenido más centros de votación anticipada por milla cuadrada que cualquier otro condado en el sureste de los Estados Unidos? En 2018, tuvimos 7 centros de votación anticipada en los que reuniremos a 156 residentes para que trabajen como trabajadores electorales durante el período de votación temprana (que fue del 22 de octubre al 4 de noviembre). Encuentre su centro de votación anticipada más conveniente. Para el día de las elecciones generales del 6 de noviembre de 2018, los centros de votación contarán con 684 votantes del condado de Seminole, a quienes incorporamos como trabajadores electorales. Según la información de la Cámara de Comercio Regional del Condado de Seminole y nuestros datos, eso haría que la oficina del Supervisor de Elecciones fuera más grande que el décimo empleador privado más grande en el Condado de Seminole por un día. Sin embargo, nuestro tiempo como un gran empleador será breve, ya que justo después de las elecciones mantenemos solo 6 trabajadores temporales adicionales durante un par de semanas para complementar nuestro nivel normal de 16 empleados a tiempo completo, que ha sido el mismo desde 1992. Encuentre su vecindario. lugar de votación basado. ¿Sabía usted? Incluso con los continuos avances en el proceso y haciendo que la experiencia de votación de todos sea más placentera (como el despliegue de nuestro proceso automatizado de registro de votantes que llamamos VotePass y el aumento de las opciones de votación anticipada), la oficina de elecciones del Condado de Seminole ha tenido consistentemente la más baja. costo por votante de cualquier oficina electoral en la región. Una razón por la que podemos mantener el gasto tan bajo es que asignamos 1 escáner económico en papel a nuestros 68 recintos más pequeños y 2 escáneres a nuestros 12 recintos más grandes y los 7 centros de votación anticipada. También tendremos una unidad ADA por lugar de votación o centro de votación anticipada. Vea más sobre nuestro presupuesto. ¿Sabía usted? Los registros en papel grueso que obligaron a los votantes a registrarse en su recinto electoral haciendo fila en función de su apellido y luego observando cómo los trabajadores electorales hojearon el libro para buscar sus nombres (al mismo tiempo que vieron la información sobre los registros de sus vecinos) se han convertido en algo del pasado en el condado de Seminole. Nuestro nuevo sistema VotePass utiliza iPads para registrar de manera rápida, eficiente y segura a cualquier votante de manera segura y privada. Bonificación: la implementación de VotePass disminuirá la necesidad de al menos el 70 por ciento de las boletas provisionales en esta y futuras elecciones *. * por supuesto, todos los números están sujetos a cambios a medida que nos acercamos a las elecciones ¡Me encanta la guía del votante! ¿Cómo puedo obtener algunas copias? Llame a nuestra oficina al 407.585.VOTE (8683), pase por 1500 East Airport Blvd. en Sanford, o solicite uno por correo electrónico. También puede descargar una copia de la guía.
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