Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes

Nos damos cuenta de que no podemos responder todas las preguntas en nuestro sitio web. Así que no dude en llamarnos al 407.585.VOTE (8683) o enviarnos cualquier pregunta específica por correo electrónico a [email protected].
¿Cómo me registro para votar?
Puede solicitar que le enviemos una solicitud de registro llamándonos al 407-585-VOTE o puede registrarse en línea. También se puede obtener un formulario de Solicitud de registro de votante de Florida en cualquiera de los sitios obligatorios de Florida, incluidas las bibliotecas públicas, las oficinas de licencias de conducir de DHSMV, los centros de vida independiente, las oficinas que brindan asistencia pública o atienden a personas con discapacidades, las oficinas de reclutamiento de las fuerzas armadas y el supervisor de elecciones oficinas.
¿Tengo que ser ciudadano de los Estados Unidos?
Si. Debe ser ciudadano de los Estados Unidos para ser un votante registrado. Si tiene una Tarjeta Verde, eso indica que no es ciudadano de los Estados Unidos.
¿Qué identificación necesito para registrarme para votar?
No necesita mostrar ninguna identificación para registrarse para votar. Usted firma un juramento que acredita la exactitud de toda la información proporcionada.
¿Puedo usar un apodo cuando me registro para votar?
No. Debe usar su nombre legal tal como lo haría para cualquier documento legal.
¿Puedo registrarme aquí si vivo aquí parte del año y en otro estado parte del año?
Si. Sin embargo, debe determinar en qué lugar desea ser su residencia legal. No puede registrarse y votar en dos lugares a la vez.
Si tengo ciudadanía en los Estados Unidos y en otro país, ¿puedo registrarme para votar?
Sí, siempre que sea ciudadano de los EE. UU. Y cumpla con los demás requisitos para registrarse.
¿Cómo cambio mi registro de votante?
Puede cambiar su dirección llamando al 407.585.VOTE, presentando una solicitud de registro de votante completada, o por escrito enviando una solicitud por escrito firmada que indique su fecha de nacimiento o su número de registro de votante a: PO Box 1479 Sanford, FL 32772 Cambios a su nombre o afiliación a un partido debe hacerse por escrito, preferiblemente utilizando la solicitud de registro de votante. Si ya es un votante registrado en Florida, no hay fecha límite para cambiar su nombre o dirección. Incluso puede hacerlo en las urnas durante la votación anticipada o el día de las elecciones. Los cambios de afiliación a un partido para una Elección Primaria deben hacerse 29 días antes del Día de la Elección.
¿Puedo elegir qué dirección usar para registrarme?
No. Debido a que sus representantes elegidos están determinados por su dirección de residencia, debe usar la dirección donde vive. No está permitido registrarse utilizando una dirección comercial, una dirección anterior o una propiedad que simplemente posee. Debes registrarte donde vives.
¿Tengo que registrarme antes de cada elección?
No. Una vez que se convierta en un votante registrado en el Condado de Seminole, su nombre permanecerá en nuestros registros hasta el momento en que recibamos una notificación de que se mudó de este condado o que perdió sus derechos civiles.
¿Mi información se hará pública?
Si. Toda la información en su formulario de solicitud de registro (que no sea su número de licencia de conducir, número de seguro social y firma) se convierte en registro público. Los votantes en ciertas ocupaciones pueden solicitar que sus datos estén exentos del registro público.

VOTACIÓN

¿Cómo sé dónde voto?
Esa información se le proporciona en su tarjeta de información del votante. Puede buscar su registro en nuestro sitio web o llamar a nuestra línea directa para votantes al 407.585.VOTE (8683).
¿A qué hora abren las urnas en el condado de Seminole?
7:00 am a 7:00 pm el día de las elecciones. También tenemos votación anticipada para todas las elecciones en todo el condado. Para obtener información sobre qué ubicaciones estarán disponibles y las fechas / horas abiertas para la próxima elección, visite la página elecciones programadas de nuestro sitio.
¿Cuáles son los requisitos de identificación para votar?
La ley de Florida requiere dos formas de identificación en las urnas. Para votar debe presentar tanto la firma como la identificación con foto. Puede ser una forma de identificación, como una licencia de conducir de Florida, o dos formas de identificación separadas. Por ejemplo, puede tener una identificación de VA con su fotografía pero no su firma. Debería presentar una segunda forma de identificación con su firma. 

Ejemplos de identificación con foto: 
  • Licencia de conducir de Florida 
  • Tarjeta de identificación de Florida 
  • Pasaporte pasaporte de estados unidos
  • Identificación militar 
  • Tarjeta de débito o crédito 
  • Identificación del centro de jubilación
  • Identificación del estudiante 
  • Identificación de la asociación de vecinos 
  • Identificación de asistencia pública 
  • Florida licencia de arma oculta o arma de fuego 
  • Tarjeta de identificación de salud de veterano 
  • Tarjeta de identificación de empleado del gobierno 
Si no tiene la tarjeta adecuada Identificación, debe votar una boleta provisional, que es una boleta de papel emitida en el lugar de votación o en el lugar de votación anticipada a un votante que no proporciona identificación con foto y firma o cuya elegibilidad para votar no se puede determinar. Además, le llevará más tiempo ser procesado para votar. Una persona que emite una boleta provisional tendrá derecho a presentar evidencia escrita que respalde su elegibilidad para votar al supervisor de elecciones a más tardar a las 5 pm del segundo día después de la elección.

TARJETAS DE INFORMACIÓN PARA EL VOTANTE

De acuerdo con la ley de Florida, las Tarjetas de información para el votante se envían a todos los votantes al validar su solicitud de registro de votante inicial o a los votantes actualmente registrados al hacer un cambio de nombre, dirección o afiliación partidaria. Se enviarán nuevas tarjetas de información a todos los votantes que se encuentren en un recinto donde haya habido un cambio en su lugar de votación. 

Las tarjetas de información para el votante no son necesarias para votar. Sirven como confirmación de su registro de votante y proporcionan información sobre su precinto y lugar de votación. Si ha perdido su tarjeta de información y desea una nueva, debe solicitarla por escrito o completar una solicitud de registro de votante.

VOTANTES MILITARES/EXTRANJEROS

Estoy en la milicia. ¿Dónde está mi residencia legal para votar?
Para fines de votación, su "residencia de votación legal" puede ser el estado o territorio donde residió por última vez antes de ingresar al servicio militar o el estado o territorio que desde entonces ha reclamado como su residencia legal. Para reclamar una nueva residencia legal, debe tener presencia física simultánea y la intención de regresar a ese lugar como su residencia principal. Los militares y los miembros de la familia pueden cambiar su residencia legal cada vez que cambian los lugares de destino permanentes o pueden retener su residencia legal sin cambio. Los miembros de la familia pueden tener una residencia de votación legal diferente a la del miembro. Se debe consultar a un funcionario legal antes de cambiar la residencia legal porque generalmente hay otros factores que se deben considerar además de votar. 

El personal militar puede solicitar el registro de votantes o solicitar boletas de votación por correo con una Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA) que se puede obtener haciendo clic en el enlace a continuación. 


Se puede obtener información adicional sobre elecciones militares en: 
Director of Federal Voting Assistance Program
Office of the Secretary of Defense
Washington Headquarters Services
1155 Defense Pentagon 
Washington, DC 20301-1155 

FVAP Fax: 703-588-0108 
Correo electrónico: [email protected] 
Llamada gratuita: 800-438-8683
Estoy en la milicia. Sin embargo, los miembros de mi familia no están en el ejército; ¿Pueden también votar por correo?
La ley autoriza a los miembros elegibles de la familia del personal militar a votar por correo. Se considera que los miembros de la familia pertenecen a la misma categoría de votante de voto por correo que los miembros militares y, en general, deben seguir los mismos procedimientos. Los familiares del personal militar que reside en el extranjero, que son ciudadanos estadounidenses y que nunca han residido en los Estados Unidos, generalmente reclaman el estado legal de residencia de un padre ciudadano estadounidense como propio. Como civil extranjero o miembro de los Servicios Uniformados, si está estacionado fuera de los Estados Unidos o sus territorios, puede solicitar que le enviemos su boleta por correo, correo electrónico o fax. Solo los votantes militares o civiles en el extranjero pueden enviar una boleta por fax. Los votantes militares nacionales, independientemente de la forma en que se recibió la boleta (correo, correo electrónico o fax), deben devolver la boleta por correo o en persona.
Soy un ciudadano extranjero. Si no mantengo una residencia legal en los Estados Unidos, ¿cuál es mi estado legal de residencia?
Su "estado legal de residencia" a efectos de votación es el estado o territorio donde residió por última vez inmediatamente antes de su salida de los Estados Unidos. Este derecho se extiende a los ciudadanos extranjeros aunque no tengan propiedades u otros vínculos en su último estado o territorio de residencia y su intención de regresar a ese estado o territorio puede ser incierta. Al completar la sección Residencia de votación de la FPCA, asegúrese de ingresar la dirección postal completa de su última residencia, incluida la calle y el número y la ruta rural.

PARTES POLÍTICAS

¿Por qué tengo que declarar un partido político?
No está obligado a declarar una preferencia de partido. En las elecciones partidistas de Florida, los miembros de cada partido político pueden presentar un candidato para las elecciones generales para representar a su partido. Para seleccionar al candidato de un partido político, los votantes deben haber sido miembros de ese partido político durante al menos 29 días antes de las elecciones primarias. En las elecciones generales, los votantes de cualquier afiliación política, incluidos los que no tienen partido, pueden votar por cualquier candidato en su boleta independientemente del partido del candidato.
¿Cuándo y cómo cambio mi preferencia de fiesta?
La afiliación a un partido puede cambiarse en cualquier momento. Sin embargo, cuando los libros de registro están cerrados para una elección (29 días antes de cada elección), el cambio de partido no tendrá lugar hasta después de la elección. Los cambios de partido pueden presentarse en una solicitud de registro de votante de Florida o mediante una solicitud escrita y firmada que incluya su fecha de nacimiento o su número de identificación de votante. Las solicitudes deben enviarse por correo a: 

PO Box 1479 
Sanford, FL 32772.

TRABAJADORES ELECTORALES

¿Qué es un trabajador electoral?
Los trabajadores electorales son personas que trabajan en los lugares de votación el día de las elecciones.
¿Cómo puedo convertirme en un trabajador electoral?
Debe completar y enviar una solicitud en línea. Los solicitantes calificados se agregarán a nuestro archivo de trabajadores electorales y se les notificará por teléfono o correo electrónico si hay algún puesto disponible.
¿Cuánto ganan los trabajadores electorales?
Los trabajadores electorales ganan entre $ 175 y $ 120 el día de las elecciones, dependiendo del puesto trabajado.
Quince horas es mucho tiempo para trabajar. ¿Puedo trabajar parte de ese tiempo?
Los trabajadores electorales deben permanecer en el lugar de votación durante todo el día. Debido a la importancia y seguridad de la elección, los trabajadores electorales no pueden abandonar el lugar de votación hasta que se complete la elección y se hayan realizado todas las tareas de cierre de la votación. El secretario informará a los trabajadores electorales cuando se completen todas las tareas y todos puedan salir. Debe planear tener con usted cualquier alimento, bebida, refrigerio y medicamento que pueda necesitar para el día.
¿Cuáles son los diferentes tipos de miembros del equipo electoral?
  • SECRETARIO: 
    El secretario está a cargo del precinto y es responsable de garantizar que todos los trabajadores electorales cumplan con sus deberes según las instrucciones. Las responsabilidades preelectorales del secretario incluyen ayudar con el reclutamiento de trabajadores electorales para su precinto, recoger los suministros del precinto antes del día de las elecciones, ponerse en contacto con el lugar de votación y organizar el acceso la mañana de la elección, llamar a todos los trabajadores electorales asignados al precinto antes de la elección y ocuparse de las actualizaciones de última hora según lo dispuesto por la SOE antes de que las urnas abran a las 7:00 a.m. Las responsabilidades posteriores a las elecciones incluyen, con la ayuda de otro trabajador electoral, dejar los materiales electorales en un sitio de entrega la noche de las elecciones una vez que todos los deberes en el recinto se han completado. 
  • SECRETARIO ASISTENTE:
    El secretario asistente es alguien que se entrena como secretario, pero trabaja como asistente de VotePass. Esta es la posición de "secretario en capacitación" para los trabajadores electorales que desean pasar a un puesto de secretario en el futuro. El secretario asistente puede intervenir para servir como secretario en caso de emergencia. Se le puede solicitar que viaje con el secretario para entregar los materiales electorales a un sitio designado después del cierre de las urnas. 
  • ASISTENTE DE VOTEPASS:
    Los asistentes de VotePass registran a los votantes utilizando la base de datos electrónica en la unidad VotePass, emiten la boleta correspondiente a cada votante, y también ayudar a los votantes que no pueden ser procesados a través de los procedimientos estándar de registro de votantes. Los asistentes de VotePass, con la ayuda del secretario, también emiten boletas provisionales. Se le puede solicitar que viaje con el secretario para entregar los materiales electorales a un sitio designado después de que cierran las urnas. emitir sus votos usando el equipo de votación y para cerrar las máquinas y transmitir los resultados electorales. Se le puede solicitar que viaje con el secretario para entregar los materiales electorales a un sitio designado después de que cierren las urnas. 
  • TÉCNICO DE EQUIPO DE VOTACIÓN:
    El técnico del equipo de votación es responsable de preparar el escáner DS200 y el ExpressVote para los votantes el día de las elecciones, ayudar a los votantes a emitir sus votos utilizando el equipo de votación, cerrar las máquinas y transmitir los resultados de las elecciones. Es posible que deba viajar con el secretario para entregar los materiales electorales en un lugar designado para dejarlos después del cierre de las urnas.
  • DIPUTADO:
    El diputado es responsable de mantener el orden fuera del lugar de votación y es el primer trabajador electoral con el que los votantes entran en contacto. El diputado saluda a todos los votantes cuando se acercan al edificio. Los diputados también monitorean la Zona Libre de Campaña de 150 pies.
¿Qué tipo de conducta se espera de un trabajador electoral?
Es importante recordar que incluso si no hay votantes en la sala de votación, todavía está trabajando. Se espera que trate a todos los votantes, independientemente de su afiliación política, discapacidad, dominio del idioma, etc., con respeto y cortesía, y que haga lo que sea necesario para ayudarlos en el proceso de votación. También recuerde que estamos "tomando prestados" las instalaciones del lugar de votación para el Día de las Elecciones y siempre debemos cuidar la ubicación con cortesía y respeto. 

Las siguientes actividades están limitadas o prohibidas, como se indica: 
  • Fumar está PROHIBIDO el día de las elecciones. Los lugares de votación no permiten fumar dentro, algunos no en la propiedad en absoluto. No se le permite abandonar el lugar de votación durante el día, lo que significa que no habrá oportunidad ni lugar para un descanso para fumar. (Los diputados que están de servicio fuera del lugar de votación también tienen prohibido fumar). 
  • Los trabajadores electorales pueden llevar materiales de lectura al lugar de votación para su uso durante los tiempos lentos (cuando no hay votantes presentes). Sin embargo, estos materiales NO PUEDEN ser de naturaleza política, lo que incluiría la mayoría de las secciones de periódicos el día de las elecciones. 
  • Los lectores electrónicos no están permitidos (ver siguiente viñeta). No se permiten dispositivos electrónicos personales. Esto incluye computadoras portátiles personales, reproductores de música de cualquier tipo, iPads / Nooks / Kindles, otros lectores electrónicos, televisores portátiles, etc.
  • Los teléfonos celulares personales deben apagarse o encenderse en silencio para su uso solo en emergencias. Su trabajo es trabajar para la oficina de elecciones el día de las elecciones, y no debe usar su teléfono celular personal (para llamadas telefónicas, mensajes de texto, mensajes de correo electrónico, etc.) mientras está de servicio. Si debe usar su teléfono celular, como durante un descanso, asegúrese de notificar al secretario y aléjese del área de votación (pero permanezca en la sala de votación según sea necesario) para no molestar a los votantes ni a sus compañeros trabajadores electorales. 
  • Los trabajadores electorales deben permanecer no políticos el día de las elecciones y no pueden discutir ningún candidato, tema o tema relacionado con otros trabajadores o votantes. Además, los trabajadores electorales no pueden usar anuncios políticos o cualquier otro artículo que tenga una orientación política. 
El empleado administrará los descansos y almuerzos según sea necesario. Sin embargo, estos no están garantizados y pueden estar limitados dependiendo del nivel de participación electoral durante una elección. Notifique al secretario en cualquier momento que necesite tomar un descanso para que sus obligaciones puedan estar cubiertas. Sin embargo, tenga en cuenta que puede ser llamado nuevamente a su posición en cualquier momento si la participación lo exige.
¿Hay un código de vestimenta?
Aunque los votantes pueden usar lo que quieran el día de las elecciones, el código de vestimenta de los trabajadores electorales tiene algunas reglas. Los trabajadores electorales no pueden usar nada que sea de naturaleza política, como camisas que apoyan a un candidato, botones que apoyan a un partido político, etc. Esencialmente, nada de lo que use debe permitir que cualquier votante sepa algo sobre sus creencias políticas. Sin embargo, la ropa patriótica, como una camisa con una bandera estadounidense, atuendo rojo, blanco y azul o un alfiler de águila, es perfectamente aceptable. Debes vestirte para presentarte ante el público, pero al mismo tiempo cómodo para tu largo día. Aunque no tiene que "vestirse", le pedimos que se abstenga de usar jeans, pantalones cortos o chanclas.

TABULACIÓN DE VOTACIONES

¿Qué tipo de sistema de votación usa el condado de Seminole?
El condado de Seminole usa una boleta de papel donde se emiten los votos al completar los óvalos.

OBSERVADORES POLÍTICOS

¿Qué es un observador político?
Un observador político es una persona designada por un candidato, partido político o comité político para observar y observar el desarrollo de las elecciones. Los observadores políticos no están asociados de ninguna manera con nuestra oficina.

CANDIDATOS

¿Cuáles son los límites de solicitud en las urnas?
Según FS 102.031 (4) (a): 

ninguna persona, comité político u otro grupo u organización puede solicitar votantes dentro del lugar de votación o dentro de los 150 pies de la entrada a cualquier lugar de votación, una sala de votación donde el lugar de votación también es un sala de votación, un sitio de votación anticipada o una oficina del supervisor donde se solicitan e imprimen las boletas de votación por correo a pedido para la conveniencia de los electores que se presentan en persona para solicitarlas. Antes de la apertura del lugar de votación o del sitio de votación anticipada, el secretario o supervisor designará la zona de no solicitud y marcará los límites. 

Tendremos letreros en el lugar de votación que indiquen el límite. Si alguien viola el límite, infórmelo a un trabajador electoral.
¿Qué es un candidato por escrito?
Este es un candidato que calificó de una manera que no permite que su nombre aparezca en la boleta. Sin embargo, se proporciona un espacio para que el nombre del candidato se escriba en la boleta electoral de las elecciones generales. Una persona que califica como candidato por escrito no está obligada a pagar una tarifa de presentación, una evaluación electoral o una evaluación del partido.
¿Cómo se enumeran los candidatos en la boleta?
En una elección primaria, los candidatos se enumeran alfabéticamente (a excepción de los jueces de los tribunales de circuito que son determinados por sorteo realizado por el Director Estatal de la División de Elecciones). En una elección general, los nombres de los candidatos del partido que recibió el mayor número de votos para gobernador en la última elección se colocarán primero bajo el encabezado de cada cargo; luego, los nombres de los candidatos del partido que recibió el segundo voto más alto para gobernador serán los segundos. Los candidatos a partidos políticos menores y los candidatos sin afiliación partidaria deberán tener sus nombres en la boleta electoral de las elecciones generales, siguiendo los nombres de los partidos políticos reconocidos, en el mismo orden en que fueron certificados.
¿Cuánto dinero puedo donar a un candidato?
Hasta $ 1,000 por elección. Esta cantidad incluye contribuciones en especie.
¿Cómo puedo obtener una pregunta sobre el estatuto del condado en la boleta?
La Carta del Condado de Seminole proporciona un mecanismo para que los residentes agreguen una enmienda de iniciativa a una próxima votación electoral. A continuación se muestra el texto de la carta, que describe el proceso. 

Sección 4.2 Enmiendas a la Carta de la Regla de Interior 

A. Enmiendas propuestas por petición. 

(1) Se pueden proponer enmiendas a la Carta de la Regla de Interior mediante una petición firmada por un número de electores que residan en al menos tres quintos (3/5) de los distritos electorales de la Comisión del Condado y del Condado en su conjunto igual a siete y uno -la mitad por ciento (7.5%) de los electores calificados para votar en las últimas elecciones generales anteriores. Cada una de las enmiendas propuestas abarcará solo un tema y materia directamente relacionada con la misma. Cada enmienda de la Carta propuesta por petición se colocará en la boleta electoral por resolución de la Junta de Comisionados del Condado para la elección general que ocurra más de 90 días después de la certificación del Supervisor de Elecciones de que se ha verificado el número requerido de firmas. 

(2) El patrocinador de una enmienda a la petición deberá, antes de obtener cualquier firma, presentar el texto de la enmienda propuesta al Supervisor de Elecciones, con el formulario en el que se colocarán las firmas, y deberá obtener la aprobación del Supervisor de Elecciones de tal forma. El estilo y los requisitos de dicha forma se especificarán por ordenanza. La fecha de inicio de cualquier unidad de petición comenzará a partir de la fecha de aprobación por parte del Supervisor de Elecciones del formulario en el que se colocarán las firmas, y dicha unidad finalizará seis (6) meses después de esa fecha. En el caso de que no se obtengan suficientes firmas durante ese período de seis (6) meses, la iniciativa de petición quedará anulada y ninguna de las firmas podrá transferirse a otra petición idéntica o similar. El patrocinador presentará formularios firmados y fechados al Supervisor de Elecciones y, una vez presentado, pagará todas las tarifas según lo exija la ley general. El Supervisor de Elecciones deberá verificar dentro de 60 días las firmas al respecto. 

(3) Si la mayoría de los electores votan sobre la enmienda en las elecciones generales, la enmienda entrará en vigencia en la fecha especificada en la enmienda o, si no se especifica, el 1 de enero del año siguiente. 

FORMULARIOS (Ord. No. 90-6, § 1, 3-13-90) 

(a) El formulario de petición que se utilizará para las enmiendas propuestas a la Carta de Autonomía del Condado de Seminole por el proceso de iniciativa se adjunta al presente como Anexo " A ”. 

(b) El formulario de petición que se utilizará para proponer, por iniciativa, que se promulgue una ordenanza se adjunta al presente como Anexo“ B ”. 

(c) Los formularios mencionados en esta Sección se incorporan aquí como partes operativas y disposiciones de esta Parte. 

EXPOSICIÓN "A" 

REGLA DE INICIO CARTA DE SEMINOLE FORMULARIO DE PETICIÓN DE ENMIENDA DEL CONDADO 

Soy un votante registrado del Condado de Seminole y por la presente solicito al Supervisor de Elecciones que coloque sustancialmente el siguiente título y resumen de la boleta electoral en relación con el texto de la siguiente enmienda propuesta a la carta. en la próxima elección disponible para tal propósito de conformidad con la Sección 4.2A [2] de la Carta de Autonomía del Condado de Seminole después de la verificación final del número total de firmas necesarias por parte del Supervisor de Elecciones. 

A. TÍTULO: (Inserte el TÍTULO de la Enmienda / título que no exceda las 15 palabras) 

B. RESUMEN: (Inserte el resumen de la medida que se votará. Dicho resumen no debe exceder las 75 palabras.) (EJEMPLO: ¿Habrá una enmienda a la Estatuto del Estado de origen del condado de Seminole de la siguiente manera: ...?) 

C. TEXTO: (El texto completo de la Enmienda debe insertarse aquí o adjuntarse a la petición.) Nombre del votante registrado en el Supervisor de residencia del distrito electoral de la oficina Lugar de residencia Calle Ciudad, código postal Número de precinto de votación Fecha de firma Nombre impreso Firma EXPOSICIÓN "B" SEMINOLE COUNTY ORDINANCE ORDINANCE FORMULARIO DE PETICIÓN 

Soy un votante registrado del condado de Seminole y por la presente petición, de conformidad con la Sección 2.2H [4] de la Carta de Seminole de Home Rule Condado, la Junta de Comisionados del Condado de Seminole para promulgar la ordenanza en el archivo del Supervisor de Elecciones para el Condado de Seminole o enmendar o derogar una ordenanza existente del Condado de Seminole como se detalla en una ordenanza propuesta en el archivo de la S El Supervisor de Elecciones para el Condado de Seminole dijo una nueva ordenanza de enmienda o derogación relacionada con el siguiente tema y asunto: 

A. TÍTULO: (Insertar TÍTULO de la Ordenanza) 

B. TEXTO: (El texto completo de la Ordenanza debe insertarse aquí o adjuntarse al petición.) 

Si la Junta de Comisionados del Condado no promulga la Ordenanza después de que un número suficiente de electores hayan firmado la petición, entonces solicito a la Junta de Comisionados del Condado que convoque una elección de referéndum sobre la Ordenanza de acuerdo con la Sección 2.2H del Hogar Estatuto del condado de Seminole. 

Nombre del votante registrado en el Supervisor de Elección 
Residencia Precinto de Oficina 
Lugar de Residencia 
Calle 
Ciudad, Código Postal 
Número de Recinto de Votación 
Fecha de la Firma 
Nombre Impreso 
Firma

DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL VOTANTE

Cada votante registrado en el condado de Seminole tiene derecho a:
  • Vote y haga que su voto se cuente con precisión. 
  • Obtenga un voto si él o ella está en línea en el cierre oficial de las urnas en ese condado. 
  • Solicite y reciba asistencia para votar. 
  • Reciba hasta dos papeletas de reemplazo si él o ella un error antes de emitir la boleta electoral. 
  • Una explicación si su registro, o identidad, está en duda. 
  • Si su registro, o identidad, está en duda, emita una boleta provisional. 
  • Instrucciones escritas para usar al votar, y, previa solicitud, instrucciones orales en la votación de los funcionarios electorales. 
  • Voto libre de coerción o intimidación por parte de los funcionarios electorales o cualquier otra persona. 
  • Vote en un sistema de votación que esté en condiciones de funcionamiento y que permita emitir los votos con precisión.

RESPONSABILIDADES DEL VOTANTE

Cada votante registrado en este estado debe:
  • Familiarizarse con los candidatos y los asuntos. 
  • Mantener en la oficina del supervisor de elecciones una dirección actual. 
  • Conocer la ubicación de su lugar de votación y sus horas de operación. 
  • Llevar una identificación adecuada a la mesa de votación. 
  • Familiarizarse con la operación del equipo de votación en su precinto. 
  • Trate a los trabajadores del precinto con cortesía. 
  • Respete la privacidad de otros votantes. 
  • Informe cualquier problema o violación de las leyes electorales al supervisor de elecciones. 
  • Haga preguntas, si es necesario. 
Asegúrese de que su boleta completa sea correcta antes de salir de la mesa electoral. NOTA PARA EL VOTANTE: El incumplimiento de cualquiera de estas responsabilidades no prohíbe que un votante vote.
¡Me encanta la guía de votantes! ¿Cómo puedo obtener algunas copias?

PETICIONES Y ENMIENDAS

¿Cuál es el costo de verificar firmas para peticiones de iniciativa constitucional?
De conformidad con el Estatuto de Florida 100.371 (11) (b), el costo real del condado de Seminole de la verificación de la firma de una petición de iniciativa es de $ 0.97 por firma.
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